HIPOTECA Y RUPTURA MATRIMONIAL. ¿Y AHORA QUÉ?

 

¿Has decidido divorciarte, pero las obligaciones económicas no te dejan dar el paso?

Lee este post.

 

Ante el fin de una relación de pareja, a parte de la ruptura emocional que supone, te puedes encontrar que hayas asumido obligaciones económicas que ahora te impidan dar el siguiente paso.

Si en tu caso, qué pasará con la hipoteca, no te deja dormir, te explico las situaciones en las que te puedes encontrar, para que te sea más fácil tomar una decisión.

¿Quién pagará la hipoteca, si me divorcio?

 Se puedan dar diferentes situaciones:

  • Decidís poner la finca a la venta.
  • Acordáis alquilar la vivienda.
  • Uno de los dos compra la parte del otro.
  • Se continua con la propiedad, pero a uno se le otorga, por sentencia, el uso del domicilio familiar.
  • Que la finca sea propiedad única de uno de los miembros de la pareja, pero en la hipoteca constáis los dos como a deudores.

Vender la finca.

Si os decidís por esta opción, tenéis que saber que mientras no se venta, los dos estáis obligados a seguir pagando la hipoteca.

¡¡¡IMPORTANTE!!! Pactar un plazo para la venta y ponerla en manos de profesionales.

Alquilar la vivienda.

Continuaréis siendo los propietarios. La parte que el alquiler no cubra de la hipoteca, la tendréis que pagar por mitad.

SOBRETODO, que quede claro en los pastos del convenio, la cantidad a aportar por cada uno de vosotros, si se da esta situación.

Adquisición de la vivienda por parte de uno de los cónyuges.

¡A priori parece la mejor opción, pero OJO!!!!!!!

Quien se quede con la vivienda, tiene que pactar con el banco que la concedió, un cambio en las condiciones, ya que se deberá sacar a uno de los deudores hipotecarios.

Los bancos no aprobaran NINGUNA OPERACIÓN que no les garantice el cobro del crédito.  Por tanto, si el banco no acepta el cambio de condiciones, aún y haber vendido tu parte de la vivienda, continuarás obligado/a ante el banco.

Otorgamiento del uso de la vivienda a uno de los cónyuges.

Continuará vigente, para los dos, la obligación de pago de la hipoteca.

1 propietario, 2 deudores hipotecarios.

Continuáis los dos obligados al pago de la hipoteca, ante la entidad, con el agravio, que se deriva, para el que no es propietario.

¿Así qué tengo que hacer?

 Básicamente:

  • Mantener la cabeza fría.
  • Buscar un buen asesoramiento financiero.
  • No firmar nada sin haberlo consultado antes con un abogado/a de derecho bancario
  • Explorar otras opciones.

¿Y si tengo otros créditos y con el divorcio no les puedo hacer frente?

Se deberán poner sobre la mesa de negociación.

Y en todo caso, existe un procedimiento llamado Ley de la Segunda Oportunidad, que te puede ser útil. Pincha AQUÍ para conocer su funcionamiento.

 

Piensa. Tu decisión es el primer paso de un nuevo comienzo.

Escríbeme y analizaremos tu situación, para que deje de ser una carga.